Embajadas

By Zoe, 13 de Mayo de 2011


   El Salvador

El Consulado de El Salvador nos informa que los ciudadanos colombianos que viajen a este país por los motivos enunciados a continuación, requieren el certificado judicial apostillado para viajar:
-  Radicar permiso de trabajo
-  Solicitud de residencia
-  Solicitud de residencia temporal
-  Contratos de trabajo
-  Trámites ante Institución Gubernamental

Ecuador

El presidente del Ecuador, Rafael Correa Delgado, ha decretado la eliminación del requerimiento de la apostilla para los certificados judiciales de ciudadanos colombianos que viajen al Ecuador, en vigencia a partir del 17 de febrero de 2011.

 
   Rusia

El 13 de marzo de 2011 entra en vigor el Convenio entre el Gobierno de la Federación de Rusia y el Gobierno de la República de Colombia, sobre las condiciones para la suspensión de las formalidades de visación para los viajes mutuos de nacionales de la Federación de Rusia y nacionales de la República de Colombia.

Los nacionales de la Federación de Rusia y los nacionales de la República de Colombia portadores de un pasaporte vigente, con excepción de los pasaportes diplomáticos, de servicio y oficiales, otorgante del derecho de atravesar la frontera, podrán entrar, salir, pasar en tránsito y permanecer en el territorio del estado de la otra Parte, sin necesidad de Visa, por un período de hasta noventa (90) días, dentro de cada período de ciento ochenta (180) días, contados desde la fecha de la primera entrada.
 

Nuevo Valor Pasaporte Colombiano

El Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia informa el nuevo valor del trámite del pasaporte:

    En Colombia:    $88.000
    En el exterior:   US$ 134

 

Requerimiento de la TSA

“En cumplimiento de las regulaciones emitidas por la TSA (Transportation Se curity Administration)adscrita al Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos, a partir de este 1 de noviembre de 2010, dicha autoridad negará el chequeo para los viajeros en vuelos desde o hacia USA cuya reserva no cumpla con los requisitos de información predeterminados, a saber:

  • PNR – Nombres y apellidos completos, tal como figuran en el pasaporte.
  • DOB – Fecha de nacimiento.
  • Género.

En ese sentido, todos los miembros del sector a cargo de los trámites de reserva son responsables de garantizar que cada PNR incluya los datos requeridos, así como de aclarar a los viajeros que:

  1. Se trata de un requerimiento de la TSA, autoridad de seguridad de Estados Unidos, que aplica sobre todas las aerolíneas y viajeros en vuelos desde o hacia USA.
  2. El suministro de los datos es de carácter obligatorio
  3. En el caso que la TSA detecte que la información ingresada en la reserva está incompleta o tiene inconsistencias, le informará a la Aerolínea que el viajero no podrá abordar el vuelo, independientemente de la Aerolínea
  4. Que la TSA y las aerolíneas cuentan con mecanismos que  garantizan la privacidad de la  información  personal.

El no registrar completa y correctamente la información en la reserva de los viajeros, en sus vuelos desde y hacia USA, conlleva a que las aerolíneas no los puedan abordar.

Adicionalmente, se generarían sanciones económicas a los responsables por parte de la TSA.  Para evitar estas perjudiciales e indeseadas consecuencias, la invitación es a generar todas las acciones y controles necesarios para cumplir este requisito de las autoridades americanas.

Mayor información en www.tsa.gov


PREGUNTAS FRECUENTES:

  1. ¿Cuál es el requerimiento?

    Todas las reservas que incluyan trayectos desde, hacia o dentro de Estados Unidos deben incluir (1) nombre, (2) género y (3) fecha de nacimiento, tal como aparece en el pasaporte.

  2. ¿Quién lo imparte?

    La TSA (Transportation Security Administration), adscrita al Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos.

  3. ¿Qué es la TSA?

    La TSA es un organismo de seguridad cuya misión es cuidar a los ciudadanos que transitan por todos los sistemas nacionales de transporte: carreteras, vías férreas, autobuses, sistemas de transporte masivo, puertos y 450 aeropuertos en suelo estadounidense.

  4. ¿Desde cuándo aplica?

    La inclusión de datos en las reservas aplica desde el 31 de octubre de 2009.   Sin embargo solo en el segundo semestre del año 2010 la TSA aplicará la restricción de entrada a las reservas que no cuenten con la información completa y correcta mínimo 72 horas antes del vuelo.

  5. ¿Qué es exactamente lo que requiere?

    • Nombres y apellidos completos, tal como figuran en el pasaporte.
    • Fecha de nacimiento.
    • Género.
  6. ¿Por qué se debe cumplir con este requerimiento?

    Todas las aerolíneas con operación desde, hacia y dentro de Estados Unidos están obligadas a cumplir con la normatividad definida por la TSA, así como la de las agencias adscritas a los departamentos de Seguridad y de Transporte de ese país.

  7. ¿Qué pasa si la información de mi reserva no coincide con la del pasaporte?

    La TSA es autónoma para verificar los datos de cada reserva, contrastar con lista de seguridad internacionales, solicitar más información e incluso permitir o no el ingreso de viajeros a su territorio.

  8. ¿Puedo negarme a suministrar la información que me piden?

    No. Las reservas que no cuenten con la información completa y correcta no serán    admitidas por la TSA y, en consecuencia, los viajeros pueden no ser  admitidos por la autoridad al momento de su viaje.”